La comunidad de Heidi Paz se opone a que el ‘Rey del Cachopo’ siga en Soto del Efectivo para tener entrada a ordenadores

Quiere participar en la confección del expediente contra la condena a 15 primaveras de prisión por el homicidio de Heidi Paz

MADRID, 29 Jun. (EUROPA PRESS) –

La comunidad de Heidi Paz Bulnes se ha opuesto a la solicitud de César Román, apodado el ‘Rey del Cachopo’, de seguir en la prisión de Soto del Efectivo para poder tener entrada a los equipos informáticos con la finalidad de participar en la confección del expediente de apelación contra la condena a 15 primaveras de prisión impuesta por matar y descuartizar a la tierno hondureña.

En un escrito, al que tuvo entrada Europa Press, el abogado de la comunidad, Alexis Socias, expone que no ha empleo a la concesión de beneficio penitenciario alguno y se opone a que se exento oficio al centro penitenciario de Soto del Efectivo para que se mantenga en esta prisión.

El docto se muestra en contra de la solicitud al considerar que supondría una discriminación respecto al “resto de presos de las cárceles españolas”. Incide en que para el expediente ya dispone de un alimentado equipo sumarial, con Ana Isabel Peña a la individuo.

La solicitud de la abogada Ana Isabel Peña se realiza conveniente a que César tiene entrada en el módulo 10 a los equipos informáticos, un entrada que autorizó la Audiencia Provincial de Madrid poco antiguamente de la celebración del sensatez.

“Así César Román podrá visionar las sesiones del sensatez hablado y poder hacer anotaciones en dichos ordenadores a fin de participar en la confección de dicho expediente de apelación”, señala el escrito de la letrada Ana Isabel Peña.

Durante el sensatez, el patrón ayudó a su defensa a realizar gran parte de los interrogatorios al acontecer estado durante los meses de prisión estudiando a fondo el sumario.

Con el expediente, la defensa quiere impugnar la condena a 15 primaveras de prisión impuesta por un delito de homicidio, con las agravantes de parentesco y razón de artículos. La pena por homicidio es la máxima al proyectar absorbido el delito de profanación de cenizas al entender el tribunal que se trató de una movimiento para encubrir la conducta homicida previa.

Los magistrados consideran en la sentencia que los hechos juzgados constituyen un delito de homicidio al haberse ocasionado con forma intencionada la asesinato de la tierno, a quien mató la alborada del 5 de agosto de 2018 en el firme que había alquilado César poco antiguamente en la calle López Grass del distrito de Vallecas.

La Sala sustenta su pena en el prueba que ofrecieron los investigadores del Conjunto VI de Homicidios en el sensatez, especialmente aquellos que relataron que el móvil de la víctima se halló en la vivienda en la que alquiló una habitación el condenado tras huir a Zaragoza, donde fue detenido dos meses a posteriori del crimen.

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