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Interpuso recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el informe profesional autorizado por el juez
MADRID, 31 de enero (PRENSA EUROPA) –
Defensa de Podemos ha autorizado dos informes periciales y los ha facilitado al Juzgado de Directiva 42 de Madrid en reconocimiento al trabajo realizado por la consultora Neurona para el partido en el marco del contrato de 363.000 euros para la campaña de las elecciones generales de abril de 2019
En concreto, el equipo dirigido por Ione Belarra presentó un informe técnico sobre los metadatos de 1.411 documentos de actividad de casos y un informe de análisis de las conversaciones de trabajo del equipo audiovisual que mantienen los empleados del partido y los consultores participantes.
Así trata Podemos desmentir la hipótesis del juez de instrucción, Juan José Escalonilla, que ha defendido en reiteradas ocasiones durante la instrucción que el contrato de 363.000 fue simulado y que hay unos trabajos que se pueden reconocer y otros no.
El Partido decidió presentar ambos informes al Tribunal después de que el juez insistiera en un informe pericial independiente para determinar si los costes de los servicios prestados por Neurona eran proporcionales a los gastos incurridos por el Tribunal. Podemos pagar o no.
El informe de metadatos cubre 357 páginas y es producido por 5R Personal & Business Services. Según expertos, se estudiaron 1.411 registros; 89 de ellos –6,30% del total– están fuera del rango de fechas del 1 de marzo al 30 de abril de 2019.
De estos, 73 se asociaron con “Acción que escribes la historia” y “pueden” no aparecer durante el período de tiempo indicado por “la fecha configurada en la cámara no toma la foto”.
Asimismo, los peritos marcaron otros 407 expedientes “que no aportan información para determinar fecha de creación”. Según han señalado, “no aportan información para determinar a quién oa qué colectivos se elaboró el material”.
El informe encargado por la organización analizó 1.411 expedientes frente a los 48 expedientes que la Corte solicitó analizar.
Hasta la fecha, la jueza Escalonilla estimó que Neurona ha realizado 48 videos para publicación en Facebook, además de trabajos previos de estrategia de segmentación, “específicamente para servicios de consultoría estratégica”. No se ha considerado aprobado el trabajo relacionado con la cobertura de actividades electorales o la redacción de ‘copias’ de videos realizados para la campaña.
El juez tampoco consideró acreditar que el contenido del almacenamiento externo facilitado por Podemos -que contenía 3.236 archivos y 165 subcarpetas con un tamaño total de 50,1 GB- correspondiera a los servicios prestados por Neurona.
Como parte de su estrategia de defensa, el partido aportó un segundo informe de 22 páginas elaborado por Areani Consulting SL, en el que se reconocía la existencia del grupo “Audiovisuales Neurona-Podemos” en la plataforma Telegram.
El equipo de Said “se utilizó para coordinar la producción de videos y otro tipo de soporte publicitario” e involucró a cinco personas y otras dos con los usuarios eliminados, según explican los expertos en el marco de sus conclusiones.
El informe también incluye archivos enviados en dicho chat; La lista incluye una propuesta de escenario de uno de los trabajadores de Neurona. Hasta el momento, el juez no ha dado por probado al consultor que escribió los guiones de los videos de la campaña.
Además de los informes, Podemos presentó un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el que reiteraba su negativa a realizar el peritaje autorizado por el juez porque, a su juicio, había “acreditado la realización efectiva de la campaña electoral”. servicio de Neurona”.
En 22 páginas, la capacitación destacó que “la pertinencia y utilidad de la práctica del especialista se ve disminuida, debido a los extensos procedimientos realizados, la ausencia de signos de imitación o distracción comprobada”. Y subrayó que el objeto del informe expuesto por el juez “no se corresponde con la realidad física del servicio prestado por la consultora”.
En el marco del recurso, la parte volvió a afirmar su interés en archivar el proceso de investigación, argumentando que “los hechos alegados han sido desacreditados por completo” y “no hay imitación del contrato con Neurona”.
El escrito ante la Audiencia Provincial se produjo después de que el juez desestimara el recurso de casación de esa parte y confirmara su decisión sobre dicho informe. El juez garantiza que la “diferencia existente” entre el contrato, la factura y los servicios prestados así lo prueba; y destaca que, de los procedimientos realizados hasta la fecha, algunos trabajos son reconocibles y otros no.