Empresas, planes de pensiones y afiliaciones, entre las subidas de impuestos en 2022

Catastro lanzará un nuevo sistema de valoración de propiedades el 1 de enero

MADRID, 30 de diciembre (EUROPA PRESS) –

Un mínimo del 15% en Impuesto de Sociedades, cerraduras de sistema modular en el que una gran parte de pymes y empleados pagan impuestos y la reducción de aportes individuales a planes de pensiones y deducciones son algunas de las medidas financieras que entrarán en vigor el 1 de enero de Ley de Presupuesto General del Gobierno de 2022.

De cara al 2022, también es importante considerar en materia tributaria que la devolución de la declaración anual del IRPF para el 2021 que se presentará hasta el próximo mes de junio incluirá el efecto de incrementar la mayor participación de ingresos por obra y capital que fuera. está incluido en el PGE 2021.

A pesar de las enmiendas “financieras” contenidas en el P22 2022, lo cierto es que el Gobierno está a la espera de que 17 miembros del actual comité de expertos en reforma tributaria presenten sus conclusiones antes del 28 de febrero de 2022. El objetivo del Gobierno es analizar estas conclusiones antes del mes de febrero. 2022 para su inicio, más recientemente en 2023. Y todo ello, siguiendo una senda de consolidación financiera que a su vez contribuye al crecimiento económico.

El enfoque de un grupo de expertos en reforma tributaria es el desempeño de ciertos impuestos, como el Impuesto de Sociedades, así como las estadísticas tributarias relacionadas con el patrimonio, como Éxito, Herencias y Contribuciones.

Paralelamente, las nuevas cuentas públicas incluyen como medida ‘estrella’ la introducción de un mínimo del 15% en Sociedades que afectará a sociedades con ventas superiores a 20 millones de euros o que formen un grupo fusionado, modificada de acuerdo con acuerdos internacionales que están forjados en la OCDE y ya han sido aprobados por el G-20.

El nuevo tipo mínimo del impuesto sobre sociedades del 15% sobre la base imponible tendrá un efecto “ligeramente inferior” de 50 millones de euros en la recaudación del próximo año, primer año de vigencia.

Esta maniobra, cuyo resultado el Gobierno estima en unos 400 millones de euros, tendrá un gran impacto en 2023, en el pago de impuestos, y no en las cuotas del próximo año.

LA PRINCIPAL CONTRIBUCIÓN DE LA PLANIFICACIÓN DE PENSIONES SE REDUCIRÁ A 1.500 EUROS.

Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) 2022 también contemplan una reducción de 500 euros en la aportación individual a planes de pensiones privados y el derecho a la deducción del IRPF, que oscilarán entre los 2.000 euros y los 1.500 euros anuales a partir del 1 de enero.

Por el contrario, las mayores aportaciones a planes de negocio y derechos de corte ascenderán a 500 euros, de 8.000 euros a 8.500 euros en 2022. Entre ellos, la aportación total y los beneficios fiscales se mantendrán en 10.000 euros anuales.

En dos años, la aportación máxima para programas individuales se ha reducido en 6.500 euros, pues el PGE 2021 ya ha introducido descuentos desde los 8.000 euros hasta los 2.000 euros, que ascenderán a los 1.500 euros el próximo año, online con propuestas de Toledo. Contrato.

REGISTRO AUMENTADO EN EL REGISTRO

Por su parte y fuera del PGE 2022, la tasa de inscripción se incrementará a partir del 1 de enero de 2022, luego de que la Cámara de Representantes aprobara la moratoria de junio del año pasado, tras la enmienda del PDeCAT. Todo ello con votos a favor de PP, Vox, Esquerra Republicana, Ciudadanos, PRC y el propio PDeCAT, mientras que PSOE y Unidos Podemos votaron en contra y PNV se abstuvo.

El 1 de enero de 2020 entró en vigor una nueva ley europea WLTP, promulgada en 2018, que modifica los parámetros de medición de gases de automoción y la hace más compleja.

Para reemplazar la regulación NEDC (New European Operating Cycle), WLTP vino con el objetivo de hacer que el uso y suministro de aire sea aprobado por más vehículos en base a la realidad. En España, este impuesto está asociado a la emisión de dióxido de carbono (CO2) que cada coche trae a casa. Al cambiar las reglas y hacerlo más complejo, los automóviles registran cifras más altas, de modo que pueden volar por la zona a una tasa más alta y tienen que pagar más por el impuesto de matriculación.

Por lo tanto, al 31 de diciembre de 2021, las estructuras que entregan menos de 144 gramos de CO2 por kilómetro recorrido no pagan impuesto de matriculación. Anteriormente, los vehículos que ofrecían menos de 120 g / km no podían pagar esta tarifa.

Los vehículos que emiten entre 144 y 192 gramos de CO2 pagan el 4,75% de esta tarifa (antes 120-160 gramos), mientras que el 9,75% lo pagan aquellos clientes con vehículos que suministran entre 192 y 240 gramos de CO2 (antes, en 160-200 gramos). ).

En este último caso, aquellos vehículos que entreguen más de 240 gramos, deben pagar el 14,75%, mientras que anteriormente los que entregan más de 200 gramos de CO2 por kilómetro pagaban este porcentaje.

NUEVO SISTEMA DE VALORACIÓN DE PROPIEDADES DE CATASTRE

Por otro lado, y aunque no se incluye en la PGE 2022, a partir del 1 de enero se ha modificado el método de cálculo de la base de Impuesto sobre la Renta, Sucesiones y Aportes (ISD) y Transferencia de Herencias y Leyes Preservadas (ITP). . ), que se conectará al valor de la memoria del Catastro.

Estas modificaciones, recogidas en la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude, surgen de la necesidad de resolver estos problemas de gestión fiscal, provocados por un juicio en el que se identificó la base imponible como valor real.

En este sentido, suelen establecer que los valores de referencia no superan los valores de mercado. Para ello se utilizarán elementos de mitigación, que fijan un coeficiente de 0.9, tanto para predios urbanos como rústicos.

Por tanto, el valor de la referencia solo afectará a quien adquiera una propiedad a partir del 1 de enero de 2022 y al mismo tiempo estará obligado a pagar impuestos, ya sea por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Leyes Preservadas, o por el Impuesto de Sucesiones y Contribuciones.

De igual forma, solo puede afectar el Impuesto sobre la Propiedad en lo que se refiere a los bienes adquiridos con posterioridad al inicio de la ley, en todo caso no afectará la herencia existente.

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